Después de más de 40 años de espera, México tiene por fin una Ley General de Bienestar Animal. El 29 de septiembre de 2026, el Pleno del Senado de la República aprobó la Ley General en Materia de Bienestar, Cuidado y Protección de los Animales con 115 votos a favor y uno en contra. El dictamen fue remitido a la Cámara de Diputados para su discusión.
Esta ley es el resultado de la reforma constitucional de diciembre de 2024 que modificó los artículos 3, 4 y 73 de la Constitución para prohibir el maltrato animal y facultar al Congreso para legislar en esta materia a nivel nacional. 9 meses después, el Senado cumplió con el mandato constitucional.
Como lo expresó la senadora Maki Esther Ortiz Domínguez, presidenta de la Comisión de Medio Ambiente: "Una ley que desde 1980 queríamos tener y es hasta 2026 que lo vamos a lograr."
¿Qué establece la nueva ley?
Reconocimiento de los animales como seres sintientes
La ley reconoce formalmente a los animales como seres sintientes y sujetos de cuidado. Este reconocimiento ya existía en la Constitución desde diciembre de 2024, pero ahora tiene un marco legal específico que lo operativiza.
Registro Nacional de Animales de Compañía
Se crea un Registro Nacional de Animales de Compañía, obligatorio y gratuito. Todos los tutores de mascotas deberán registrar a sus animales en este padrón nacional. Esto permitirá rastrear animales perdidos, identificar dueños responsables y combatir el abandono.
Padrón de personas infractoras
Se establece un registro de personas sancionadas por maltrato animal. Este padrón busca evitar que personas con antecedentes de crueldad puedan adquirir o poseer animales.
Prohibiciones expresas
La ley prohíbe de manera explícita:
- Peleas de perros — tipificadas como delito a nivel federal
- Abandono de animales
- Mutilaciones con fines estéticos (corte de orejas, cola, etc.)
- Uso de animales como premios en ferias, sorteos o eventos
Sanciones
La ley contempla:
- Multas económicas
- Arresto administrativo de hasta 36 horas
- Clausura de establecimientos
- Decomiso de animales
Campañas permanentes
Se establecen campañas obligatorias y permanentes de:
- Vacunación
- Esterilización
- Adopción responsable
Estrategia Nacional y Programa Especial
Se crea una Estrategia Nacional de Bienestar Animal y un Programa Especial que coordinarán las acciones de protección animal entre los tres niveles de gobierno (federal, estatal y municipal).
Reformas a otras leyes
La ley reforma también las leyes de Sanidad Animal, de Vida Silvestre, del Equilibrio Ecológico, de Protección Civil y del Cine y el Audiovisual para armonizar el marco legal en materia de bienestar animal.
Lo que queda pendiente
Corridas de toros, peleas de gallos, jaripeos y charrería
Uno de los puntos más debatidos fue la decisión de dejar en manos de cada entidad federativa la regulación de corridas de toros, peleas de gallos, jaripeos y charrería. Esto significa que no habrá una prohibición federal uniforme de estas actividades, sino 32 regímenes jurídicos distintos.
La senadora Carolina Viggiano Austria (PRI) cuestionó esta decisión: "En ese punto la ley general deja de ser general, lo que va a producir son 32 regímenes jurídicos distintos."
Por otro lado, senadores de Morena lograron incorporar las cabalgatas entre las actividades que las entidades podrán regular, y el senador José Sabino Herrera Dagdug planteó que "no toda interacción entre el ser humano y el animal constituye maltrato", en referencia a la charrería.
Presupuesto
El transitorio décimo tercero establece que la ley se cubrirá con el presupuesto ya autorizado a las dependencias, sin recursos adicionales. La senadora Viggiano Austria advirtió: "Las leyes sin presupuesto son letra muerta, una obligación sin recursos no protege a un solo animal."
Aprobación en la Cámara de Diputados
El dictamen fue remitido a la Cámara de Diputados, donde deberá ser discutido y aprobado para después ser enviado al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Los números que motivaron la ley
La senadora Ortiz Domínguez presentó datos contundentes al justificar la urgencia de la legislación:
- México ocupa el primer lugar en América Latina y el tercer lugar a nivel mundial en maltrato animal
- Entre 2019 y 2020, las fiscalías estatales registraron 2,490 denuncias por maltrato animal
- De esas denuncias, solo 101 personas fueron vinculadas a proceso
- Solo se dictaron 18 sentencias
Eso significa que menos del 1% de las denuncias terminaron en sentencia. La nueva ley busca cambiar esa realidad con un marco legal federal que armonice las sanciones y los procedimientos en todo el país.
¿Qué significa para denunciamaltratoanimal.mx?
Esta ley cambia el panorama de la protección animal en México de forma estructural. Para nuestro portal significa:
El Registro Nacional de Animales de Compañía complementa nuestro mapa de denuncias. Si cada mascota está registrada, es más fácil identificar dueños responsables y rastrear casos de abandono.
El Padrón de personas infractoras es exactamente lo que hemos pedido: que quien maltrate a un animal no pueda simplemente adquirir otro.
La prohibición federal de peleas de perros significa que ya no depende de que cada estado lo tipifique individualmente. Es delito a nivel nacional.
Nuestras 32 guías estatales de denuncia siguen siendo relevantes porque la ley general no elimina las leyes estatales, las complementa. Los ciudadanos seguirán necesitando saber ante quién denunciar en su estado.
Tu denuncia sigue siendo fundamental
La ley existe. Pero como advirtió el senador Manuel Huerta: "Una ley no transforma la realidad por el solo hecho de ser publicada, necesita instituciones, necesita autoridades responsables."
La vigilancia ciudadana es lo que convierte una ley en realidad. Sigue denunciando, sigue documentando, sigue registrando.
Registra tu reporte → denunciamaltratoanimal.mx
Fuentes: La Razón (Tania Gómez, 30 de septiembre de 2026), Registro Animal México, Senado de la República.
Última actualización: septiembre 2026